Contrato de alquiler a largo plazo de un bien, que se celebra entre una compañía especializada arrendadora y un arrendatario, el cual incluye una serie de servicios complementarios que se amoldan a las necesidades del segundo. En España no existe una regulación legal específica del renting, debiendo remitirse a lo que de forma general regula el Código Civil sobre el contrato de arrendamiento de bienes, y a lo que libremente dispongan las partes contratantes de la operación.
II.NOTAS CARACTERÍSTICAS
Las principales características que definen a este producto son las siguientes:
- Es un servicio de tipo integral.
- Es ofrecido por entidades financieras y por grandes compañías especializadas, así como por divisiones y filiales de los propios fabricantes de los bienes.
- Puede realizarse sobre bienes muebles (maquinaria, vehículos, ordenadores, fotocopiadoras, etcétera) y también sobre inmuebles, aunque este último caso es mucho menos habitual.
- Con la operación no se persigue la propiedad del bien sino solamente su disfrute.
- El arrendatario puede realizar o no una actividad empresarial o profesional.
- El contrato de renting tiene carácter irrevocable, salvo pacto en contrario entre las partes.
III.OPERATIVA
El arrendatario puede utilizar el bien con las limitaciones que se especifiquen en el contrato en función del uso. De este modo, puede establecerse un número determinado de horas/mes para una máquina, un número de fotocopias/año para una copiadora o un número de kilómetros/año para un automóvil. Por lo general, el contrato incluye unas cláusulas de penalización económica para el caso de que se sobrepase la utilización inicial pactada del bien. También es posible pactar una bonificación en el precio para el arrendatario si este no alcanza el uso previsto. El coste de la operación se fracciona en cuotas periódicas que suelen ser mensuales, prepagables y constantes, y se calcula en función del bien arrendado, los servicios complementarios contratados y la duración del arrendamiento. Además es habitual que se exija al arrendatario el depósito de una fianza a la firma del contrato, equivalente a una o dos cuotas, reintegrable a la finalización del mismo. En el caso de un renting realizado sobre un automóvil, por ejemplo, la cuota periódica variará en función de la marca y modelo elegidos, del descuento de flotas aplicado por el fabricante (que la entidad arrendadora suele trasladar al arrendatario), del plazo arrendado, del kilometraje anual y de los servicios contratados (seguro a todo riesgo, cambio de neumáticos, impuesto de circulación, mantenimiento, averías, etcétera). En cuanto al mantenimiento de los bienes, fundamentalmente el correspondiente a maquinaria y vehículos, es habitual que se obligue al arrendatario a realizarlo en los talleres concertados por la compañía de renting. De igual modo, en algunos tipos de renting, como en el caso del efectuado sobre vehículos, el cliente debe amoldarse a la oferta limitada de modelos que ofrece el arrendador.
Al finalizar el período de arrendamiento, se puede optar entre devolver el bien a la compañía de renting o prorrogar el contrato de alquiler. Aunque la operación no incluya opción de compra (recordar que con ella se persigue únicamente el disfrute del bien), puede ofrecerse la posibilidad de negociar la transmisión del elemento al finalizar el contrato, en función de cuál sea su valor de mercado.
El renting parece un servicio adecuado para usuarios que trabajan con activos expuestos a rápidas transformaciones, los cuales necesitan tener siempre al día. Por otro lado, facilita la gestión administrativa de los empresarios al integrar en una única factura el alquiler y los servicios complementarios de los bienes, permitiendo además un mejor control de ciertos elementos de coste empresarial que se transforman de naturaleza variable a fija (mantenimiento, reparaciones, seguros, etcétera). No obstante, no es una opción que se encuentre disponible para todos los bienes empresariales que se puedan necesitar.
Qué incluye
Qué excluye
Gestión integral del vehículo (compra, matriculación, mantenimiento, etcétera)
Pago de las multas por infracciones que pueda cometer el usuario en la utilización del vehículo
Gestión y pago de los impuestos correspondientes (matriculación, circulación, etcétera)
Reparaciones por daños debidos al mal uso demostrado del vehículo o irresponsabilidades cometidas
Contratación del seguro de vehículos en las diferentes modalidades posibles
Responsabilidad por conducción bajo los efectos del alcohol, estupefacientes u otras drogas
Mantenimiento preventivo del vehículo conforme a las revisiones indicadas por el fabricante
Daños que provengan del incumplimiento de las instrucciones especificadas por el fabricante o por la conducción o realización de práticas temerarias
Asistencia en carretera desde el kilómetro 0 o desde un determinado punto kilométrico
Limpieza del vehículo
Atención integrada en un único número de teléfono durante 24 horas los 365 días
Gastos de peaje y del combustible
Mantenimiento integral del vehículo incluyendo piezas y mano de obra
Reparaciones del vehículo
Sustitución de neumáticos a partir de un número de kilómetros
Asistencia jurídica
Vehículo de sustitución si el alquilado se halla en el taller
Informes periódicos acerca de la gestión de los vehículos
Fuente: Revista Emprendedores, Nº 121, 2007, pág. 151.
Mario Cantalapiedra Arenas
LO ESENCIAL SOBRE RENTING
Libros
•Fernández Inglés, J. V. El renting de bienes muebles, DYL Publicitarios, 1996.
•Verona Martel, M. C. et al. Introducción al renting, Universidad de las Palmas de Gran Canaria, 2004.
Artículos de opinión
•Astorga Sánchez, J. A. El renting: una visión general. Actualidad Financiera, Nº 12, 1998, págs 47 a 62.
•Benguigui Díaz, A. Renting operativo on-demand y la renovación tecnológica. Estrategia Financiera, Nº 261, 2009, págs. 56 a 59.
•Cantalapiedra Arenas, M. Leasing financiero frente a renting: financiación o servicio. Estrategia Financiera, Nº 261, 2009, págs. 50 a 55.
•Gozalo Alonso, J. A. Renting: una herramienta eficaz de gestión. Estrategia Financiera, Nº 155, 1999, págs. 51 a 53.
•Martínez Cañellas, A. Concepto, clases y régimen jurídico del contrato de renting. Diario LA LEY, Nº 7108, 2009.
•Martínez Gil, C. Cómo gestionar el renting de vehículos. Estrategia Financiera, Nº 183, 2002, págs. 47 a 51.
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Nota : pongo estos tres refranes para que el lector tenga cuidado con lo que lee. Es muy facil manipular a la gente, todo el cuidado es poco. Hay que CUESTIONARSE lo que se lee, CONTRASTARLO y luego CADA UNO DEBE LLEGAR A SUS PROPIAS CONCLUSIONES.
Si te ha gustado lo mejor que debes hacer es ir a su blog/pagina.*****En mi blog no puedes dejar comentarios , pero si en el del autor. ********HA ENTRADO EN el BLOG/ARCHIVO de VRedondoF. Soy un EMPRESARIO JUBILADO que me limito al ARCHIVO de lo que me voy encontrando "EN LA NUBE" y me parece interesante. Lo intento hacer de una forma ordenada/organizada mediante los blogs gratuitos de Blogger. Utilizo el sistema COPIAR/PEGAR, luego lo archivo. ( Solo lo INTERESANTE según mi criterio). Tengo una serie de familiares/ amigos/ conocidos (yo le llamo "LA PEÑA") que me animan a que se los archive para leerlo ellos después. Los artículos que COPIO Y PEGO EN MI ARCHIVO o RECOPILACIÓN (cada uno que le llame como quiera) , contienen opiniones con las que yo puedo o no, estar de acuerdo. ******** Cuando incorporo MI OPINIÓN, la identifico CLARAMENTE, con la única pretensión de DIFERENCIARLA del articulo original. ***** Mi correo electrónico es vredondof (arroba) gmail.com por si quieres que publique algo o hacer algún comentario.***** Por favor! Si te ha molestado el que yo haya publicado algún artículo o fotografía tuya, ponte en contacto conmigo (vredondof - arroba - gmail.com ) para solucionarlo o retirarlo
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-- Publicado por Blogger para CDP el 4/06/2014 05:39:00 a. m.
Los alemanes están temblando. Si los rusos les cortan el gas, ¿cómo van a calentar las ollas? Resulta que el 20% del gas que consume Alemania viene de Rusia: y encima buena parte pasa por Ucrania. Un conflicto en esa zona obligaría a los alemanes a buscar más fuentes de energía.
Amigos, he aquí la gran verdad. La mayor parte de los países europeos no es libre ni independiente. Desde el punto de vista energético, se entiende.
¿Y España? ¿Es independiente?
En absoluto. En lo que respecta a coches, calefacción y cocinas, importamos gas y petróleo de Argelia, Arabia Saudí, Nigeria, Irán, Libia y ¡Rusia!
¿Qué pasaría si un día nos cortan el suministro? Nos fastidiarían mucho, la verdad.
A todos nos encantaría tener energías limpias, masivas y baratas. Y tenerlas en casa. Un sueño. Pero no las tenemos. ¿Qué podemos hacer ahora?
Aquí están las seis bofetadas de realidad que nos revelado Ucrania:
1. Hay que aprovechar el petróleo que tenemos a mano. Parece que hay bolsas de petróleo en Canarias y Baleares, pero muchos isleños se oponen porque un derrame puede arruinar el turismo. Entendido, pero ¿hasta que punto nos vamos a poner exquisitos cuando suban los precios o nos corten el suministro de otros países?
2. Hay que buscar yacimientos de gas en nuestro país y almacenarlo para prever futuros cortes de suministros. Los alemanes tienen almacenados hasta dos meses de consumo de gas. España, la décima parte. El polémico almacén Castor que se construye frente a las aguas de Castellón (polémico porque parece que provoca sismos) debería superar las pruebas de seguridad y empezar a ser empleado.
3. Hay que apostar por energías renovables, aunque sean caras: solar, eólica, térmica… Nos ayudan a ser independientes. El petróleo y el gas se acabarán algún día. Los alemanes pretenden producir el 100% de su electricidad de las energías verdes en 2050.
4. Por ahora, cuantas más fuentes de energía, mejor: geotérmica, eólica, solar, petróleo, gas… Es el mix. “No tenemos que descartar ninguna tecnología, ya sea renovable o convencional”, dice un informe de la Fundación CEDE. Y además, hay que asegurar que tenga procedencias geográficas diferentes. Algún día nos puede faltar una de ellas, o subir los precios.
5. Tenemos que fabricar cosas que consuman cada vez menos energía, que sean menos contaminantes y que nos ahorren dinero: desde coches eléctricos, hasta lámparas de gran duración o electrodomésticos de bajo consumo.
6. Es el momento de disipar las dudas sobre la energía de fusión. A diferencia de la atómica (fisión), la de fusión promete ser limpia, barata y casi inagotable. Es la energía de las estrellas. Se está construyendo la primera central de prueba en Cadarache, Francia. Empezará a funcionar en el 2022.
Nota : pongo estos tres refranes para que el lector tenga cuidado con lo que lee. Es muy facil manipular a la gente, todo el cuidado es poco. Hay que CUESTIONARSE lo que se lee, CONTRASTARLO y luego CADA UNO DEBE LLEGAR A SUS PROPIAS CONCLUSIONES.
Si te ha gustado lo mejor que debes hacer es ir a su blog/pagina.*****En mi blog no puedes dejar comentarios , pero si en el del autor. ********HA ENTRADO EN el BLOG/ARCHIVO de VRedondoF. Soy un EMPRESARIO JUBILADO que me limito al ARCHIVO de lo que me voy encontrando "EN LA NUBE" y me parece interesante. Lo intento hacer de una forma ordenada/organizada mediante los blogs gratuitos de Blogger. Utilizo el sistema COPIAR/PEGAR, luego lo archivo. ( Solo lo INTERESANTE según mi criterio). Tengo una serie de familiares/ amigos/ conocidos (yo le llamo "LA PEÑA") que me animan a que se los archive para leerlo ellos después. Los artículos que COPIO Y PEGO EN MI ARCHIVO o RECOPILACIÓN (cada uno que le llame como quiera) , contienen opiniones con las que yo puedo o no, estar de acuerdo. ******** Cuando incorporo MI OPINIÓN, la identifico CLARAMENTE, con la única pretensión de DIFERENCIARLA del articulo original. ***** Mi correo electrónico es vredondof (arroba) gmail.com por si quieres que publique algo o hacer algún comentario.***** Por favor! Si te ha molestado el que yo haya publicado algún artículo o fotografía tuya, ponte en contacto conmigo (vredondof - arroba - gmail.com ) para solucionarlo o retirarlo
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-- Publicado por Blogger para C2E el 4/01/2014 04:30:00 a. m.